Trámites del Giro en SII

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El tema de impuestos o tributación suele ser un elemento complicado para muchos usuarios en diferentes lugares, sin embargo en Chile se han buscado diferentes alternativas para brindar servicios completos y eficientes a los contribuyentes, logrando mejor desempeño de la actividad y una recaudación más efectiva.

Dentro de las herramientas que se han implementado se encuentran los servicios virtuales u oficinas virtuales que permiten acceder a todos los servicios necesarios por medio de Internet a través de diferentes plataformas como la que ofrece el SII.

¿Qué es el giro del Servicio de Impuestos Internos?

Según el Servicio de Impuestos Internos un giro es  una orden escrita que el SII u otro organismo pone en conocimiento del obligado tributario, mediante una notificación, para proceder a su pago en las instituciones financieras autorizadas o en la Tesorería General de la República, en este caso va dirigido a lo que es un giro en materia o en el tema de impuestos.

Una definición más amplia puede ser que se considera como la cantidad que se define para que el contribuyente aporte al fisco según las actividades declaradas, por concepto de liquidación de impuestos. Según su finalidad se clasifican de la siguiente forma:

  • Giros roles: son aquellos en los que el contribuyente hace una declaración de las actividades y el Sistema de Impuestos Internos determina la obligación tributaria y emite un giro para poder pagarlo. En la actualidad es utilizado con poca frecuencia debido a que la mayoría de los impuestos son de declaración y pago. la mayoría de los impuestos son de declaración y pago.
  • Giros órdenes de ingreso: siendo estos los más usados, se realizan después de la liquidación del SII. A su vez se dividen en giros de forma y fondo, siendo los primeros con carácter legal y los segundos se efectúan de acuerdo a un plazo otorgado a cada contribuyente tomando en cuenta sus características propias.

Trámites del Giro en SII

Cómo Agregar un nuevo giro

Cada vez que un contribuyente realiza una ampliación o cualquier modificación en el SII debe notificarlo al sistema en un plazo no mayor a quince días. Se puede hacer en las oficinas físicas del SII o de manera digital en las oficinas virtuales del SII de la siguiente forma:

  1. Ingresar a sii.cl
  2. Servicios Online, Menú Solicitudes y Actualización de la Información
  3. Sub menú Actualización de la información
  4. Autenticarse ingresando número de cédula de identidad si es un contribuyente persona natural o R.U.T. si es Jurídica. Luego deberá ingresar la clave secreta. Autenticarse ingresando número de cédula de identidad si es un contribuyente persona natural o R.U.T. si es Jurídica.
  5. Luego deberá ingresar la clave secreta.
  6. Agregar o eliminar sucursales
  7. Una vez modificada la información es guardada en los sistemas del SII.
  8. Terminado el procedimiento se desplegará una pantalla con un certificado de aceptación el que se recomienda ser impreso por el usuario porque es la constancia física de la modificación.

Si el usuario decide hacerlo de la forma convencional o presencial en las oficinas físicas del SII los pasos son los siguientes:

  1. Presentarse en la oficina correspondiente al domicilio principal del contribuyente, en el Departamento de Asistencia al contribuyente, donde deberá tomar número para su atención.
  2. Al momento de su atención, deberá identificarse ante el funcionario según lo indicado en numeral 5, sobre “Requisitos para efectuar el trámite en oficina. Presentar los respectivos formularios 3239 y 4416 (sólo si éste es necesario) completos, más los antecedentes de respaldo, según sea la modificación a realizar.
  3. Respecto de éste último punto, puede obtener mayor información en Circular N°17 del año 1995, la que imparte instrucciones referentes a la actualización de la información.
  4. Una vez revisados los antecedentes por el funcionario, procederá a ingresarlos al sistema correspondiente. Posteriormente el funcionario procederá a devolverle los antecedentes de identificación y de respaldo.
  5. Finalmente le hará entrega de la copia del formulario 3239 y 4416 (si fuese el caso), los que tendrán estampado el timbre y firma del funcionario, y fecha de la modificación.

¿Cómo puedo hacer un término de giro en SII?

Del mismo modo en que un usuario se interesa en modificar o ampliar un giro, puede decidir llevarlo a término, si es así debe ser declarado al SII en los dos meses siguientes al cese de actividades.

Algunos contribuyentes o usuarios no están obligados a declararlo, pero son unas cuantas excepciones, dentro de ellos están:

Contribuyentes con varias actividades en la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que terminan una o más actividades, pero mantienen a lo menos una. En este caso, debe dar aviso sólo de la modificación.

  • Profesionales independientes que sólo emiten boletas de honorarios.
  • Contribuyentes acogidos al régimen de renta presunta que exploten vehículos motorizados destinados al transporte de pasajeros, que no sean sociedades anónimas o en comandita por acciones (Resoluciones Exentas SII N°5879 de 1999, 12 y 16 de 2003). Contribuyentes con varias actividades en la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que terminan una o más actividades, pero mantienen a lo menos una. En este caso, debe dar aviso sólo de la modificación.
  • Profesionales independientes que sólo emiten boletas de honorarios.
  • Contribuyentes acogidos al régimen de renta presunta que exploten vehículos motorizados destinados al transporte de pasajeros, que no sean sociedades anónimas o en comandita por acciones (Resoluciones Exentas SII N°5879 de 1999, 12 y 16 de 2003).

Para los que deben hacer la respectiva notificación los pasos son los siguientes:

  1. Ingrese al sitio web sii.cl, sección Servicios online, Término de giro, opción Declarar Término de giro.
  2. Una vez que ingrese a la opción, identifíquese con su RUT y clave secreta.
  3. Revise la información mostrada y modifique el domicilio en caso que corresponda. Si posee actividades en la Segunda Categoría, podrá incluirlas de manera voluntaria en el término de giro. Ingrese el periodo de término de giro, RUT de quien realiza el trámite y luego seleccione el botón “Ingresar Declaración de Término de Giro”
  4. Complete la información solicitada en el Formulario 2121 virtual (Algunos campos serán llenados automáticamente, como resultado de cálculos a partir de cifras ingresadas).
  5. Una vez terminado el ingreso, valide los datos. Puede seleccionar el botón “volver” para modificar, agregar o borrar datos, o si lo desea, el botón “Guardar datos” para grabar la información y retomar el trámite en otra ocasión. Si está de acuerdo con los datos validados, oprima el botón “Enviar Declaración”.
  6. Al terminar el proceso de envío, la aplicación informará en qué situación queda su presentación de término de giro. Se deberá seguir las instrucciones contenidas en los mensajes que se envíen para cada caso.

¿Dónde puedo buscar o ver los giros hechos?

Una forma muy sencilla de hacer consultas para verificar la situación de los contribuyentes es por medio de la consulta de giros, para ello puede hacerlo on line del siguiente modo:

  • Ingresar al sitio web del SII http://homer.sii.cl
  • Ingresar a la opción Servicios Online
  • Dar clic a Infracciones, Pago de giros y Condonaciones
  • Siguiente opción Pago de Giros. Si el usuario no se ha autenticado debe hacerlo.
  • En la siguiente pantalla puede ver un resumen de sus giros actuales.

¿En qué sitio se pueden pagar?

Las opciones para pagar los impuestos son muy diversas, el usuario puede elegir por hacer un pago online o un pago en una oficina o entidad física de aquellas entidades que son autorizadas por el Gobierno de Chile. En este año 2019 se puede pagar en las siguientes: BBVA, Scotiabank, BCI, Banco Edwards, Itaú, Banco Estado, Banco de Chile, Banco Santander, CorpBanca, HSBC, Banco Fallabella, Banco Internacional, Banco BICE, Banco Security , entre otras que pueden accederse por Internet.

Para este fin puedes consultar en la página oficial y tener el listado completo. http://www.sii.cl/pagina/br/instituciones_financieras.htm

Paso a paso para ampliar un giro en el SII

El primer punto que se toma en cuenta en este aspecto, es que al igual que para otros procesos similares se debe haber creado la cuenta en la página del SII con anterioridad o crearla en el momento en que se decide a hacer cualquier trámite.

  1. Ingresar al portal o plataforma virtual del SII en la siguiente dirección: http://homer.sii.cl
  2. En el menú principal dar clic a la opción Servicios Online, se desplegará una serie de opciones donde debe elegir la que corresponde a Actualización de la Información.
  3. En la pantalla siguiente encontrará la opción necesaria para el proceso de ampliar el giro en el SII, la opción es Cambiar/ampliar giro o actividad económica.
  4. En este ítem si el usuario no se ha autenticado debe hacerlo en la siguiente pantalla.
  5. Seleccionar los datos comerciales que se desean agregar o eliminar, y luego presionar el botón “Aceptar”.
  6. Por último puede ver en pantalla un certificado que indica que su solicitud de cambio ha sido recibido exitosamente por el SII.

¿Necesitas modificarlo?

Los giros pueden ser modificados dentro de los plazos establecidos, para ello sigue los siguientes pasos:

  • Autenticación
  • Ir a la opción Servicios Online
  • Luego elige Actualización de la Información.
  • Cambiar/ampliar giro o actividad económica o la opción que le sea conveniente.
  • Completar los datos necesarios y guardar la información.

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