PPM: Pagos Provisionales Mensuales en SII

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Todos los contribuyentes que están dentro del sistema del Servicio de Impuestos Internos (SII) deben hacer su respectiva declaración y pago de los tributos con una periodicidad mensual o anual, según sea el caso, ya sea de forma obligatoria o voluntaria.

Si tienes dudas acerca de la forma como puedes hacer el Pago Provisional Mensual o PPM aquí te dejamos una guía bastante práctica para que identifiques qué tipo de contribuyente eres y cuál es la tasa de pago que te corresponde.

¿De qué se trata el PPM del Servicio de Impuestos Internos?

PPM son las siglas que corresponden a los Pagos Provisionales Mensuales, los cuales se refieren al pago mensual de los tributos que debe hacer un contribuyente en Chile, que se toma como una provisión a los impuestos que se pagan anualmente (hasta el 30 de abril de cada año).

El PPM se clasifica en dos modelos específicos que son:

Pago Provisional Mensual Voluntario

Se refiere al monto que los contribuyentes pagan como abono para los impuestos que se pagan anualmente de forma voluntaria, es decir no tienen obligación de hacerlo.

Para pagar este impuesto se necesita el “Formulario 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo” que proporciona el SII.

PPM Pagos Provisionales Mensuales en SII

Pago Provisional Mensual Obligatorio

Se trata del pago que debe realizar el contribuyente obligatoriamente todos los meses, según lo establecido en la ley.

Para realizar el pago del PPM es necesario utilizar el Formulario 29 del Servicio de Impuestos Internos o SII.

Basado en lo establecido por el artículo 91 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) de Chile, el PPM obligatorio pago debe ejecutarse los primeros 12 días de cada mes, mientras el PPM voluntario puede hacerse cualquier día del mes.

Se lleva el documento hacia la “Tesorería General de la República” o hacia la Oficina Virtual que tiene el SII.

Una vez que pagas el PPM fraccionas en doce cuotas el pago correspondiente al impuesto anual. Por esa razón se recomienda a todos los contribuyentes pagar el PPM, pues de esa forma no se descuadra su liquidez durante el mes de abril.

¿Cómo se puede calcular u obtener el pago provisional mensual del SII?

Los cálculos relacionados con los Pagos Provisionales Mensuales se llevan a cabo según la metodología planteada en el artículo 84 de la LIR, en la que se define un porcentaje de tasas variables y fijas para determinados contribuyentes. En ese sentido encontramos:

  • Personas naturales: obreros o dueños de un taller artesanal. La tasa para este grupo es del 3% de sus ganancias brutas. Dicha tasa se ubica en 1,5% en los casos en que los talleres se dedican a fabricar bienes.
  • Profesionales: Los que pertenecen a una sociedad o ejercen de forma independiente, así como los que están en el grupo del numeral 2, que está dentro del artículo 42 de la LIR. La tasa establecida para este grupo es del 10% de los ingresos netos.
  • Contribuyentes dentro del numeral 2, artículo 34 de la LIR: Son los que se dedican a la explotación de autos y motos para al transporte terrestre de personas. Su tasa es del 0,3% del valor correspondiente al monto que cobran los vehículos.
  • Contribuyentes del numeral 3, artículo 34 de la LIR: Son los que se dedican a la explotación de autos y motos para al transporte terrestre con carga. Su tasa también es del 0,3% del valor correspondiente al monto que cobran los vehículos.

Tasa variable

Esta tasa debe ser pagada por un grupo específico de contribuyentes como:

  • Aquellos que explotan bienes de índole agrícola y deben declarar la renta correspondiente a esos bienes.
  • Los propietarios o usuarios de bienes de índole agrícola, los cuales no forman parte de sociedades anónimas y prefieren declarar la renta efectiva de esos bienes.
  • Las sociedades anónimas dedicadas a la explotación de bienes no agrícolas, quienes tienen la obligación de declarar las rentas de esos bienes.
  • Los mineros que tienen la obligación de declarar la renta efectiva de su actividad.
  • Las personas que se encargan de ejercer al menos una de las actividades que especifican en los numerales 3, 4 y 5 que están dentro del artículo 20 de la LIR.
  • Sociedades de profesionales que toman la decisión de declarar el impuesto.
  • Sociedades anónimas dedicadas a la minería, quienes están obligadas a pagar el impuesto correspondiente a esta actividad.
  • Sociedades anónimas que se dedican a la explotación de vehículos destinados al transporte terrestre de carga impropia, los cuales deben declarar obligatoriamente la renta efectiva de esa actividad.

El cálculo de la tasa variable se crea a llevar a cabo la suma de los porcentajes que tuvo que haber aplicado el contribuyente a todos sus ingresos netos del mes, pertenecientes al ejercicio de comercio previo. El resultado obtenido debe dividirse en 12 o en el número de meses que el contribuyente ha ejecutado su actividad.

Es importante tomar en consideración que el artículo 84 de la LIR establece que todos los contribuyentes comerciales deben hacer el pago provisional del 1% de todos los ingresos que obtuvieron durante el primer año luego del inicio de su actividad cuando el porcentaje del cálculo del PPM resulta no determinable por las pérdidas que se produjeron durante el ejercicio anterior.

¿Se puede cambiar?

Sí, es posible cambiar el número del porcentaje que corresponde a la tasa que debe pagar el contribuyente. Aun cuando parece algo complejo la primera vez, en realidad es algo sencillo. Te lo explicamos:

Por defecto, en el Formulario 29 aparece la tasa del 1% para el PPM, cifra que podemos cambiar modificándola directamente en el documento antes de grabar y hacer el pago correspondiente a través de la página web del SII.

Es decir, si quieres declarar en línea el impuesto mensual utilizando otro porcentaje para la tasa correspondiente al contribuyente debes seleccionar la opción del portal denominada “Formulario en Pantalla Upload” y dar clic en “Ingresa aquí”.

Una vez que das este paso puedes hacer la respectiva modificación del porcentaje de la tasa correspondiente al mes del 2019 que deseas declarar. De esa forma, tienes la oportunidad de hacer la respectiva modificación directamente desde el formulario cuando el asistente del PPM no te lo permite (situación que es muy común).

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