En este año 2021 en Chile, la flexibilización para otorgar créditos bancarios, desde casas de comercios o con el aval de estado, han incrementado, ahora son menos los requisitos que exigen a los chilenos para obtener un préstamo. Esta medidas han arrojado a su vez, el aumento de las deudas que pasan a tener efectos judiciales de gran relevancia, pues suelen transformarse en cobranzas judiciales.
Desde este espacio vamos a orientarte respecto a las cobranzas judiciales, vas a saber en pocos pasos si tienes o no, una a tu cargo. Sigue leyendo y entérate.
¿Qué aprenderás aquí?
¿Qué es una cobranza judicial?
La Cobranza Judicial es una demanda que interpone una corporación o empresa a un ente o persona natural que tuvo relación comercial con estos, y por incumplimientos de acuerdos de pago en cuanto al monto y frecuencia de cancelación de la deuda pasó a ser moroso.
Cabe señalar, que la ley estipula que, luego de haber transcurrido 90 días de falta de pago, el responsable de haber otorgado el crédito está en su derecho de proceder judicialmente en contra de quien funge como deudor o moroso.
Para llegar a ser una cobranza judicial, el caso tuvo que haber pasado antes por estados de Cobranza Preventiva primeramente, y como segundo estado el de Cobranza Extrajudicial para llegar a los tribunales.
Paso a paso para saber si tengo cobranza judicial
Si has adquirido una deuda con alguna institución, evidentemente debes de saber que es un compromiso legal adquirido, por tanto, debes estar atento del estado de tu obligación. Seguidamente vas a ver de manera secuencial cómo puedes enterarte vía internet de dos formas, desde la oficina virtual en línea del Poder Judicial, si tienes una cobranza judicial a tu cargo.
Con la Clave Única o Clave del Poder Judicial.
Al poseer tu clave única o la clave de PJ, puedes obtener en línea inmediatamente la información sobre las cobranzas a tu cargo.
Paso 1
Tienes que entrar al portal de la oficina virtual judicial del Poder Judicial de Chile.
Paso 2
En este caso vas a seleccionar la pestaña “Todos los servicios” para que ingreses con tu clave única o clave poder judicial.
Paso 3
Tendrás que colocar los datos de ingreso y presionar “Continuar”.
Paso 4
Luego de ello estarás dentro del sistema y debes pulsar en el apartado “Mis Causas”. Si tienes una cobranza judicial te aparecerá en tus cargos.
Sin las claves
Otra forma de ver si tienes cobranza judicial vía online, pero sin presentar claves de registros es la siguiente:
Paso 1
Al estar el portal del Poder Judicial de Chile, dirígete a la pestaña “Otros servicios” y presiona el apartado “Consulta de causas”
Paso 2
Seguidamente debes colocar los datos de búsqueda y presionar “Buscar”.
Si encuentras una cobranza judicial a tu nombre, el sistema te ofrece la posibilidad de descargar en tu teléfono o computadora, la notificación de cobranza.
¿Cuándo una deuda pasa a cobranza judicial?
En líneas anteriores hemos asomado un poco, cuales son las fases de cobranzas de una deuda para pasar a ser una cobranza judicial. Para hacerte más fácil la compresión de esas técnicas, hemos enumerado cada uno de los tipos de cobranzas para que estés al tanto de cómo marcha cada período, y puedas sacar provecho de tu crédito y evadir sanciones judiciales.
- Cobranza preventiva: es la primera notificación formal que hace la empresa al deudor, esta inicia unos pocos días de la fecha de vencimiento de la factura compromiso o deuda, sirviendo como advertencia para evadir la morosidad por parte del que tiene el compromiso de pago.
- Cobranza extrajudicial: es técnica de cobranza aplicada a las deudas están vencidas por más de veintiún días. Con esta forma de cobrar, los organismos que concedieron el préstamo lo que buscan es evitar los trámites judiciales.
- Cobranza Judicial: es la máxima herramienta a la que puede acudir la empresa para rescatar el dinero otorgado al deudor. Con este tipo de cobranza el caso es llevado a juicio luego de pasar los noventa días de haber caducado la deuda.
Estas explicaciones dejan en claro que, cada deudor tiene oportunidad de pagar sus obligaciones, sin necesidad de asistir a un tribunal por una demanda a su cargo como consecuencia de una cobranza judicial.
Tipos de deudas
Si vas a pedir un crédito debes tener bien claras las pautas o reglas a las que te vas a someter, antes de adquirir esa obligación. Cada tipo de deuda tiene sus propios lineamientos, por tanto, te presentamos algunas de las más comunes a continuación para que puedas documentarte al respecto.
Deudas Directas: grupo de obligaciones que el principal deudor registra a favor del organismo financiero, como beneficiario del crédito, que soporte la deuda. Estas pueden ser letras de cambio, pagaré. Cartas de crédito, entre otras.
Deudas indirectas: se refiere a las obligaciones que otorgan la responsabilidad a terceros que no son los beneficiarios del crédito, de pagar con su propio peculio el monto del crédito. Entre ellos se encuentran los codeudores solidarios, fiadores, avalistas y giradores de letras de cambio, entre otros.
Deudas con Mora: son las obligaciones por créditos que no han sido pagados en el tiempo que correspondía hacerlo.
Montos Disponibles: son las líneas de créditos sin uso pero disponibles para el deudor para usarlas a su conveniencia.
¿Qué hacer en caso de tener una?
En caso de que tengas una cobranza judicial a tu cargo, la recomendación principal es que atiendas el llamado del ente judicial donde has sido demandado. En el juicio se pueden plantear soluciones del caso sin que se perjudiquen legalmente ambas partes, entre esas están:
- Pagar la deuda: cancela todo el monto que adeudas al proveedor del crédito y evitarás embargos.
- Renegocia el pago: también puedes pactar nuevamente con la institución crediticia, para cambiar los términos de cancelación de la deuda.
- Utiliza las Excepciones: tu representante legal debe presentar un alegato a tu favor ante el demandante, que te permitirá obtener tiempo para reunir los fondos suficientes para pagar la deuda.
- Emplea la Tercería: procediendo legalmente con una tercería en la que informas que los bienes que aparentemente posees no son tuyos, sino de un tercero puedes evitar embargos.
Sin embargo, nuestra mayor sugerencia es el pago de la deuda, y que suministres de manera transparente, al ente crediticio y el poder judicial toda la información del uso del crédito, como: cantidad de ventas de bienes y servicios, factura por cobrar, montos a pagar por compras del comercio, domicilio de pago de tributos, entre otros. Esto con el fin de evadir cualquier otro tipo de complicaciones que se puedan presentar en el juicio.
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